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lunes, 23 de mayo de 2016

Se declara la exequibilidad del tratado de libre comercio entre Colombia y Costa Rica.


Contenido de la Fuente
Comunicado Número 13. 06/07-04-2016. Corte Constitucional.

EFECTUADO EL EXAMEN FORMAL Y MATERIAL AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO CELEBRADO ENTRE COLOMBIA Y COSTA RICA EL 22 DE MAYO DE 2013 Y LA LEY 1763 DE 2015 APROBATORIA DEL MISMO, LA CORTE CONCLUYÓ QUE EN SU ETAPAS GUBERNAMENTAL Y LEGISLATIVA, ASÍ COMO SUS ESTIPULACIONES SE EL DOMICILIO DEL IMPUTADO O INDICIADO, DEBEN ESTAR AUTORIZADAS PREVIAMENTE POR EL JUEZ DE CONTROL DE GARANTÍAS, SIN PERJUICIO DEL CONTROL POSTERIOR

II. EXPEDIENTE LAT-440 – SENTENCIA C-157/16 (Abril 6)
M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado

1. Norma revisada

LEY 1763 DE 2015, por medio de la cual se aprueba el “Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica”, suscrito en Cali, República de Colombia el 22 de mayo de 2013.

Por su extensión, no se transcribe la ley objeto de examen, cuyo texto completo puede ser consultado en el Diario Oficial No. 49.574 de julio 15 de 2015.

2. Decisión

Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1763 de 2015, “Por medio de la cual se aprueba el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica, suscrito en Cali, República de Colombia el 22 de mayo de 2013”.

Segundo. Declarar EXEQUIBLE el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y la República de Costa Rica”, suscrito en Cali, República de Colombia el 22 de mayo de 2013.

3. Síntesis de los fundamentos

Examinado el curso seguido por el instrumento internacional y de su ley aprobatoria, la Corte constató que se cumplieron cabalmente las etapas, requisitos y procedimiento establecido en la Constitución, así como las reglas y subreglas jurisprudenciales establecidas para las fases: (i) previa gubernamental: se acreditó la representación válida del Estado colombiano, en la negociación, celebración y suscripción del instrumento internacional, como también, su aprobación y remisión al Congreso por parte del Presidente de la República. Así mismo, del contenido del Tratado no se derivó la obligación de agotar el mecanismo de consulta previa a las comunidades étnicas; (ii) legislativa: en la que se verificó el cumplimiento del procedimiento legislativo establecido para las leyes ordinarias y en especial, las respectivas publicaciones, el anuncio previo exigido en el artículo 160 de la Carta y los quórums deliberatorio y decisorios requeridos en los debates legislativos; y (iii) posterior gubernamental, que consagra el deber del Presidente de la República de sancionar la ley y remitirla a la Corte Constitucional dentro de los seis días siguientes, en cumplimiento del artículo 241.10 de la norma superior.

De igual modo, en cuanto al contenido material del Tratado de Libre Comercio suscrito entre Colombia y Costa Rica (2013) aprobado mediante la ley bajo examen, el Tribunal no encontró contradicción alguna con las normas superiores. Acorde con los lineamientos que la jurisprudencia constitucional ha señalado en esta categoría de tratados internacionales, los mecanismos, instrumentos y medidas estipuladas para fortalecer los vínculos de amistad y cooperación entre ambos países, promover su desarrollo económico a través de la creación de mercado más amplios y seguros, la previsión de reglas claras para el intercambio comercial, la promoción y protección de las inversiones y de la competitividad de las empresas, así como la creación de oportunidades de empleo, la reducción de la pobreza y la mejora en la calidad de vida de los asociados, corresponden a los fines esenciales del Estado colombiano consagrados en el artículo 2º de la Carta, la promoción de la integración latinoamericana y del Caribe (art. 9º C.Po.), el derecho al trabajo (art. 25 C.Po.), la propiedad privada (art. 58 C.Po.), el fomento de la ciencia y la tecnología (art. 71 C.Po.), el derecho al ambiente sano (art. 79 C.Po.), el manejo y aprovechamiento de los recursos en cabeza del Estado, para garantizar su desarrollo sostenible (art. 80 C.Po.), el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población como finalidades sociales del Estado (art. 366 C.Po.).

En relación con la constitucionalidad de las zonas de libre comercio, la Corte se ha pronunciado en múltiples oportunidades, en las que ha considerado que dicha medida se erige en una herramienta de integración y desarrollo económico que no contradice per se, los postulados de la Carta Política. Se trata de un instrumento que promociona la integración económica del Estado colombiano con otras naciones, y propicia las relaciones exteriores del Estado en el marco de la soberanía nacional, el respeto a la autodeterminación de los pueblos y el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia. De la misma manera, las medidas adoptadas en materia aduanera, procedimientos de origen, sanidad y fitosanidad, obstáculos técnicos de comercio, defensa comercial, propiedad intelectual, contratación pública, política de competencia y de protección al consumidor, trato nacional, expropiación, conflictos inversionista-Estado, transferencias, comercio transfronterizo de servicios, servicios financieros, telecomunicaciones, comercio electrónico, entrada temporal de personas de negocios y solución de controversias fueron analizadas por el Tribunal de manera separada para concluir en su constitucionalidad a priori, sin perjuicio de que desarrollos legislativos concretos del Tratado puedan conducir a infracciones de los postulados y preceptos constitucionales.

Con fundamento en lo anterior, la Corte procedió a declarar exequibles, tanto el Tratado de Libre Comercio celebrado entre Colombia y Costa Rica el 22 de mayo de 2013, como la Ley 1763 de 2015 aprobatoria del mismo.

4. Aclaraciones de voto

Los magistrados María Victoria Calle Correa, Alejandro Linares Cantillo, Jorge Iván Palacio Palacio, Alberto Rojas Ríos y Luis Ernesto Vargas Silva anunciaron la presentación de sendas aclaraciones de voto relativas a temas puntuales analizados en la sentencia.

EL ESTABLECIMIENTO DEL PROCESO MONITORIO ÚNICAMENTE PARA LAS PRETENSIONES EN QUE SE SOLICITA EL PAGO DE OBLIGACIONES EN DINERO, CORRESPONDE A LA POTESTAD DE CONFIGURACIÓN DEL LEGISLADOR Y NO DESCONOCE EL DERECHO DE ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

IV. EXPEDIENTE D-10969 – SENTENCIA C-159/16 (Abril 6)
M.P. Luis Ernesto Vargas Silva

1. Norma demandada

LEY 1564 DE 2012
(Julio 12)
Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones

ARTÍCULO 419. PROCEDENCIA. Quien pretenda el pago de una obligación en dinero, de naturaleza contractual, determinada y exigible que sea de mínima cuantía, podrá promover proceso monitorio con sujeción a las disposiciones de este Capítulo.

2. Decisión

Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, la expresión “Quien pretenda el pago de una obligación en dinero”, contenida en el artículo 419 del Código General del Proceso.

3. Síntesis de los fundamentos

La Corte determinó que el establecimiento de la modalidad del proceso monitorio únicamente para las pretensiones de pago de una obligación en dinero, es compatible con la Constitución. Para la Corporación, la ley no impuso una restricción injustificada al derecho de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva al circunscribir el proceso monitorio a las obligaciones en dinero, decisión que cabe dentro del amplio margen de configuración de los procesos en cabeza del legislador, quien creó un instrumento simplificado y ágil de procedimiento, que se ajusta a la exigibilidad de las obligaciones líquidas y de naturaleza contractual.

A la vez, la Corporación observó que la misma legislación procesal confiere diferentes alternativas para la ejecución de obligaciones no dinerarias, en las cuales se han previsto las etapas necesarias para que se cumpla el debate probatorio usual en la definición concreta de dichas obligaciones. Por lo tanto, contrario a lo sostenido por los demandantes, no resulta acertado concluir que la legislación ha impuesto barreras injustificadas en contra de los acreedores de las obligaciones diferentes a las dinerarias.

MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
Presidenta

sábado, 29 de agosto de 2015

Retos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Impulsar emprendimiento, innovación, turismo y exportaciones, meta de la Ministra Álvarez-Correa



Bogotá, D.C., 26 de agosto de 2015.- La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez-Correa, explicó a los congresistas de la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes que una de las metas de la cartera a su cargo, es impulsar el emprendimiento, la innovación, el turismo y las exportaciones.
Durante un debate al que fue citada para explicar la participación que tiene el sector comercio, industria y turismo en el Presupuesto General de la Nación, señaló que este Ministerio tiene la tarea de formular, adoptar, dirigir y coordinar políticas para el desarrollo empresarial y el comercio.

También se requiere estimular al sector privado para que inviertan más en temas de innovación y emprendimiento, lo que no solo ayudaría al fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas, sino a lograr el cumplimiento de la meta de exportación de bienes no minero-energéticos al 2018 de US$30.000 millones.

Recordó que pese a la situación actual de menores ingresos al fisco nacional, el Gobierno, a través del PIPE 2.0, ha dispuesto medidas que buscan impulsar a la industria y que implican disponibilidad presupuestal.  

Y a pesar que la siguiente noticia de la revista semana se dió a conocer el año pasado, es un tema que aun sigue siendo de interés y por eso hacemos la anotación sobre los cinco principales retos prioritarios del MINCIT, en donde la Ministra expresa que a la industria hay que darle un estartazo, porque además de ser generadora de empleo es la llamada a crear una oferta exportable diversificada.

1    Mover la industria

El sector manufacturero, intenso en mano de obra, sigue quedado. En el segundo trimestre de este año presentó una caída de 1,4 por ciento, frente al 4,3 por ciento que creció la economía en su conjunto. 
Aunque Colombia ha avanzado en el Doing Business, que mide el clima para hacer negocios, y en el Foro Económico Mundial, que muestra cómo está el país en materia de competitividad, todavía persisten fallas que frenan al sector productivo. En este punto, la ministra Álvarez considera que todavía hay muchas tareas por hacer. Entre ellas mejorar la calidad sanitaria de los productos agrícolas, reducir los trámites aduaneros, disminuir las altas tarifas de energía que impactan los costos de la industria, y revisar instrumentos de apoyo empresarial como las zonas francas y el plan Vallejo.

Pero el gran reto del gobierno es que más empresas exporten. De las más de 1,3 millones de compañías registradas actualmente apenas 3.170 exportaron de manera constante en los últimos tres años. Para que las firmas colombianas conquisten nuevos mercados la labor de las regiones es clave porque estas serán las encargadas de identificar los productos y servicios con potencial exportador. La intención del gobierno es apuntarles a sectores estratégicos, que tengan un alto valor agregado, y no seguir con la ‘política de regadera’ es decir, muchos productos pero pocos resultados económicos para el país.

2    Jugo a los TLC

El gran desafío es diversificar las exportaciones y sacarles más provecho a los tratados de libre comercio (TLC). La meta de aquí a cuatro años es aumentar en 30 por ciento las ventas de productos y servicios no minero-energéticos – pasar de 23.000 millones de dólares a 30.000 millones–. Hoy, cerca del 70 por ciento de las exportaciones totales de Colombia son productos básicos como petróleo, carbón y níquel, cuyos precios internacionales se desplomaron en los últimos meses. Colombia no puede seguir dependiendo de los ingresos de estos commodities, por lo cual debe impulsar nuevos productos.

Aunque en la última década se firmaron cerca de diez acuerdos comerciales (Estados Unidos, Unión Europea, Canadá, entre otros), que le permitieron al país acceder a un mercado de 1.500 millones de consumidores, el país no le ha sacado partido a los acuerdos comerciales y sigue muy rezagado frente a naciones de América Latina como Chile o Perú. Chile, por ejemplo, con una tercera parte de la población colombiana, exportó el año pasado 77.300 millones de dólares, por encima de los 58.000 millones que vendió Colombia. Además, la nación austral tiene una estrecha relación con los mercados asiáticos a los que les exporta el 40 por ciento de sus bienes.

Llegar a Asia es la otra meta de la ministra. Colombia ha estado a espaldas de este mercado, el de mayor demanda mundial. Para acceder a él la meta es sacar adelante el TLC con Corea, que se hundió en las pasadas sesiones legislativas, y que es la puerta de entrada a esas naciones. Aunque este acuerdo ha recibido críticas de ensambladores de automóviles y productores de electrodomésticos, es visto con gran expectativa por el sector agropecuario ya que Corea es un gran importador de alimentos. El otro paso es cerrar las negociaciones para un acuerdo con Japón.

3    Por el megaTurismo

Los ingresos que le dejó el turismo al país en 2013 llegaron a 4.700 millones de dólares, lo que posicionó al sector como el que más divisas genera, después del petróleo y el carbón, y muy por encima de las exportaciones de café. Ahora el desafío de Álvarez es aumentar los ingresos a 6.000 millones de dólares y convertirlo en una industria de talla mundial.

Las otras metas son llegar a los 4 millones de visitantes al año y fortalecer la oferta turística del país. Para lograr este último objetivo el ministerio le pedirá a las regiones  que identifiquen su vocación turística en ocho productos: turismo de sol y playa, de naturaleza, cultural, reuniones y convenciones, de salud, de bienestar, de aventura, náutico y cruceros.

Adicionalmente, el gobierno utilizará los más de 100 lotes y bienes inmuebles que cedió la Dirección Nacional de Estupefacientes para construir nueva infraestructura turística o modernizar y ampliar la existente. En este sentido se otorgó en concesión a la cadena Decameron el tradicional Hotel Heliconias, del Quindío. Y se anunció que el Hotel El Prado, de Barranquilla, también se dará en concesión. Pero más allá de tener más hoteles, el país necesita estimular el turismo a traves de cinco o seis macroproyectos que se conviertan en polos de desarrollo en regiones estratégicas.

4    Revolcón arancelario

La política arancelaria (impuestos a las importaciones) es utilizada en muchos casos para proteger a aquellos sectores que podrían verse afectados por la competencia internacional. Sin embargo, se ha prestado para algunos excesos porque detrás de ella se amparan empresas y sectores que no son innovadores ni competitivos.

El ministerio prepara un vuelco en este tema. Implementará un arancel plano, que tendrá una sola tarifa, para evitar proteger a unos sectores más que a otros y crear distorsiones en el mercado. El objetivo del gobierno antes que la defensa a ultranza de una industria, será el beneficio de los consumidores, que podrán acceder a productos con precios más competitivos. Además, cuando una empresa presente una solicitud de salvaguardia (mayores aranceles) por una materia prima o un producto importado, el ministerio realizará audiencias públicas para escuchar a los representantes de toda la cadena productiva de cada sector y mirar los pros y contras de la medida.

5    La hora de Procolombia

La promoción del país pasó a un nivel superior. A comienzos de la década de los noventa, en plena apertura económica, nació Proexport como una entidad dedicada a impulsar las exportaciones. Pero como Colombia y el mundo cambiaron radicalmente en estos años se requiere una institución más global. Por eso Proexport, adscrita al Ministerio de Comercio, pasará a llamarse Procolombia para hacerle frente a los nuevos retos de la internacionalización del país.

Y es que en las últimas dos décadas las exportaciones aumentaron más de ocho veces mientras que la inversión extranjera, que no superaba los 4.000 millones de dólares, el año pasado llegó a una cifra récord de 16.000 millones. Esta entidad, además de fomentar las exportaciones, busca atraer más inversión, apoyar a las pymes e impulsar a las multilatinas –ha detectado 127 posibles empresas con potencial internacional–.

Además, Procolombia mostrará la cara positiva del país, los sectores para hacer negocios y los atractivos turísticos. A la nueva entidad se incorporará Marca País, la estrategia creada para posicionar el buen nombre de Colombia en los mercados externos.